NUEVA LEGISLACIÓN COLOMBIANA

  • Modificaciones del Ministerio de Medio Ambiente Colombiano.

    "ARTÍCULO 41.- CARACTERISTICAS DE LOS CONTENEDORES DE CREMACIÓN.
    Los contenedores que se utilizan para realizar la cremación de cadáveres o restos humanos deben cumplir con las siguientes características:
    a) Los contenedores de cremación deben ser de material de fácil combustión y no pueden estar lacados, pintados, ni barnizados.
    b) No podrán utilizar materiales metálicos en su fabricación.
    c) Los puntos de soporte del féretro deben ser removibles.
    d) Los contenedores se cremarán junto con el cadáver y en todo caso no seránreutilizados."

    Ver aplicativo firmado que da paso a la Resolución 1447.

    Bajar PDF - Resolución 1447 - Página 17, Artículo 41.

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